Aclaraciones sobre la Nueva Ley de Tráfico.
Ante las dudas o inquietudes surgidas acerca de la situación de los ciclistas en la nueva ley de tráfico, os facilito lo más significativo de lo que nos afecta. Para empezar, las bicicletas van a poder ser aparcadas en la acera, siempre y cuando la ordenanza municipal del municipio en cuestión así lo permita. La normativa anterior de la Ley de Seguridad Vial señalaba en su artículo 39: Queda prohibido estacionar en los siguientes casos: e) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. Esto impedía taxativamente que se pudiera autorizar a las bicicletas o motocicletas aparcar en las aceras Actualmente el texto queda así: Cuatro bis (nuevo). El párrafo e) del apartado 2 del artículo 39 queda redactado del siguiente modo: Queda prohibido estacionar en los siguientes casos: “e) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones. No obstante, los Municipios, a través de Ordenanza Municipal, podrán regular la parada y el estacionamiento a los vehíc...